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Buenos días!
La interseccionalidad es un concepto académico-sociológico, mientras que la transversalidad es un concepto político. La interseccionalidad explica que los diferentes modelos de opresión no actúan de forma independiente, sino que se solapan creando un sistema de opresión que se “intersecciona”. La transversalidad tiene como objetivo mejorar, desarrollar, evaluar y poner en marcha los mecanismos institucionales que garanticen la incorporación de la perspectiva de género en todo el ciclo de la política pública. Son compatibles entre sí, pero como vemos en el artículo del módulo dos, en el caso del interseccionalismo existe el peligro de que esta
teoría se convierta en lo que Derrida llamó un “discurso doxográfico”, es decir, un discurso que
corre el riesgo de incurrir en un academicismo capitalista y un uso mercantil de la mención
obligada a la interseccionalidad, pero despojada de su concreción, contexto e historia, y por lo
tanto de su ímpetu político. Por esta razón, no debemos adoptar frente a la interseccionalidad una actitud prescriptiva.